¿Sobre qué suelos puede levantarse una casa prefabricada?
Su nombre puede llevar a la
confusión. Y es que, al llamarse casas prefabricadas, mucha gente piensa que se
trata de viviendas que no reúnen todas las condiciones para convertirse en
hogares de calidad. Pero nada más lejos de la realidad. No obstante, no es ésa
la única duda que surge en torno a este tipo de viviendas, ya que aún existen
más lagunas.
¿Qué trámites hay que pasar para
tener una? ¿Necesitan licencias? ¿Las puedo colocar en cualquier sitio? ¿Se
hacen sólo con madera? ¿Valen más que las casas normales? Son otros de los
interrogantes que plantean.
Para hacerse propietario de una de
estas casas el primer requisito que tienen que cumplir los compradores es
«poseer una parcela donde se pueda colocar la vivienda», constatan desde Newart
House Sistem, empresa dedicada a la construcción de casas prefabricadas.
El terreno
En este punto cabría preguntarse si
vale cualquier tipo de suelo. «Existen varios casos, ya que la parcela puede
ser rústica o urbanizable».
De la clasificación del terreno
dependerán los trámites posteriores. «Si la parcela sobre la que se va a
colocar la vivienda es rústica o no urbanizable, no suelen necesitarse
licencias municipales. Claro que, en estos casos, las casas se consideran
bienes móviles. Por eso, lo que hacemos nosotros es obtener un certificado de
movilidad y eso suele ser suficiente para poder instalarla. En estos casos, el
comprador debe saber que él tiene que hacerse cargo de los suministros de agua,
luz... ».
«En las fincas rústicas lo que se
puede colocar sin licencias son casas consideradas como bienes muebles
móviles».
En cambio, lo que se coloca sobre
suelo urbanizable sí son casas prefabricadas, que necesitan tener toda la
documentación en regla. En estos casos en los que el suelo no es rústico «las
viviendas deberán contar con todos los requisitos y licencias de cualquier otra
vivienda (proyecto de obra, habitabilidad, licencia de primera ocupación...) y,
además, deberán estar supervisadas por un arquitecto», confirman desde el
Ayuntamiento y el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).
El Consistorio especifica que
«también se pueden instalar sobre suelo no urbanizable, previa autorización de
la Comunidad de Madrid, siempre que sean utilizadas como casas de labranza, es
decir, para explotar el terreno sobre el que estén ubicadas, y no como viviendas.
Después de esta autorización, tendrían que pedir su licencia correspondiente».
Tendencia en alza
Lo cierto es que sea cual sea la
utilidad que se le quiera dar, cada vez son más los compradores que se
interesan por ellas y no sólo como segunda vivienda. «En estas construcciones
hay un factor clave que es el tiempo de entrega», dicen desde Newart House
Sistem. «También influye el hecho de poder participar en el proyecto desde el
principio y poder decidir cómo quiere que sea su hogar, desde la distribución
hasta la fachada pasando por los materiales utilizados», explican. Por eso, no
es de extrañar, que «muchos compradores acudan a informarse sin antes tener el
terreno. Es una práctica muy habitual».
(www.elmundo.es)
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